SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0863/2017-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0863/2017-S2

Fecha: 21-Ago-2017

1)

Carmen Ticona Aranda, Jueza de Instrucción Penal Sexta del departamento de Cochabamba, mediante informe escrito señaló: 1) Que dentro del proceso penal que sigue el Ministerio Público a denuncia de Juan Carlos Ferrufino Lucia contra Leticia María Cecilia Vargas de Quiroga, Karla Verónica Quiroga Vargas, José Rodrigo Quiroga Vargas, José Rosa Alberto Quiroga Salamanca y Martha Susana Vargas de Peña; por los delitos de  falsedad ideológica, uso de instrumento falsificado y estafa; el Ministerio Público solicito medidas cautelares, habiéndose programado varias audiencias, las que fueron suspendidas por inasistencia de los imputados, que la accionante interpuso excepciones, las que fueron corridas en traslado conforme el art. 314 del Código de Procedimiento Penal (CPP), que la audiencia programada para el 10 de julio de 2017, se suspendió por la inasistencia de los imputados y se reprogramó para el 17 de julio del referido año, audiencia señalada a efectos de resolver  los incidentes y la aplicación de medidas cautelares; 2) Que a la audiencia de 17 de julio de 2017, los imputados tampoco asistieron, solo sus abogados,  ante la solicitud del Ministerio Público y de la parte querellante se procedió a declarar rebeldes a los imputados  disponiendo se les notifique con el Auto mediante edictos y una vez notificados  y acompañadas las  publicaciones  se expida por secretarias los mandamientos de aprehensión; 3) Que en el presente caso, se señaló audiencia, con el propósito de resolver  la excepciones interpuestas  por los imputados, y una vez resueltas estas, se procedería  a considerar la aplicación de medidas cautelares; y, 4) Que no es evidente que se haya vulnerado el derecho a la libertad de la accionante, clara muestra de ello es que la interposición de la presente Acción y que hubiere asistido a la audiencia de resolución de la misma.