Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0863/2017-S2
Fecha: 21-Ago-2017
I.2.1.
La accionante a través de su abogado, en audiencia, ratifico en su integridad el memorial de su demanda, indicando que hay una excepción de prejudicialidad, que es de previo y especial pronunciamiento, que no habría sido resuelta por la demandada, excepción que fue interpuesta en atención a que existirían dos juicios civiles pendientes de resolución, de los cuales dependería la existencia o no del presente proceso penal, por lo que la autoridad judicial, no estaría cumpliendo el debido proceso.