SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0889/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0889/2017-S1

Fecha: 28-Ago-2017

a)

Ximena Lucia Mendizábal Hurtado, Jueza de Instrucción Penal Tercera del departamento de Chuquisaca, mediante informe cursante a fs. 57 y vta. manifestó: a) En la audiencia de cesación a la detención preventiva señalada para el 30 de junio de 2017, el abogado defensor de Valerio Rosa Balderrama, apeló la Resolución dictada; y se ordenó su remisión en el plazo previsto de veinticuatro horas; b) El Auxiliar de la Central de Notificaciones del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, emitió la notificación para que la mencionada Central de Diligencias se encargue de notificar a las partes, para este objetivo la parte apelante no cumplió su obligación de proveer los recaudos de ley para la facción del testimonio; por lo que, la mora se debió al accionante y no a su despacho; c) El cuaderno procesal se encuentra en la sala penal de turno que le corresponde resolver el recurso; d) El recurrente – hoy accionante- no especificó en su acción de libertad cuáles serían sus derechos fundamentales y las garantías constitucionales vulnerados; y, e) El recurso de apelación fue remitido, por ello no se violó derecho alguno, menos el derecho a la libertad, por lo que solicitó denegar la tutela con la imposición de costas.