SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0891/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0891/2017-S1

Fecha: 28-Ago-2017

1)

Franco Ovidio Sanabria Solíz, Juez de Instrucción Penal Tercero del departamento de Oruro, mediante informe cursante de fs. 22 a 23, manifestó que: 1) Una vez concluida la audiencia, el Abogado se retiró sin hacer ninguna observación, pero además, el acta y Auto Interlocutorio 625/2017 extrañados, se encuentran en el expediente; 2) En audiencia fueron notificadas las partes con la lectura de la Resolución conforme establece el art. 160 del Código de Procedimiento Penal (CPP), motivo por el cual se expidió el mandamiento de detención preventiva; y, 3) El accionar del profesional abogado que funge como representante sin mandato, es desleal y malicioso, sin considerar que se tiene una abundante carga procesal en todos los juzgados en materia penal. En mérito a lo expuesto, pidió denegar la tutela solicitada.