SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0891/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0891/2017-S1

Fecha: 28-Ago-2017

concedió

La Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, constituida en Tribunal de garantías, mediante Resolución 02/2017 de 20 de julio, cursante de fs. 50 a 55 vta. concedió la tutela solicitada, disponiendo que la autoridad demandada ordene la notificación de la accionante con el Auto Interlocutorio 625/2017 de 12 de julio, en un plazo de veinticuatro horas; en tanto que la remisión de antecedentes ante el Consejo de la Magistratura y la imposición de cosas, será en ejecución de la sentencia emitida en revisión por el Tribunal Constitucional Plurinacional; de acuerdo a los siguientes argumentos: i) Resulta razonable como máximo que los jueces y tribunales emitan sus resoluciones en el plazo de setenta y dos horas, por cuanto, por la carga procesal es casi imposible hacerlo en veinticuatro horas; ii) En el nuevo contexto y considerando el avance de la tecnología, no debiera exigirse el acta escrita, puesto que esta práctica no responde a un proceso eminentemente oral, en el cual materialmente las partes adquieren conocimiento completo y directo de los actuados; y, iii) Ciertamente la SCP 1140/2014 (no especifica fecha) reiterada por la SCP 1007/2017 de 23 de septiembre, establecen que el imputado necesita tener conocimiento del contenido físico de la resolución que dispone su detención preventiva, y en el caso analizado, no se estableció que se haya dado cumplimiento con aquello.