Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0903/2017 -S2
Fecha: 21-Ago-2017
II.4.
II.4. De acuerdo al informe oral presentado por la Jueza demandada, el recurso de apelación interpuesto por el accionante fue presentado el 19 de julio de 2017 y mereció la providencia respectiva, por lo que a la fecha de interposición de la demanda de acción de libertad, la remisión de la apelación se hallaba dentro de plazo (fs. 20).
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- I.1.3. Petitorio
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II
- III.1. Alcance y finalidad de la acción de libertad
- III.2. Celeridad que debe imprimirse en la remisión de la apelación incidental al Tribunal de alzada y la acción de libertad traslativa o de pronto despacho
- III.3. Análisis en el caso concreto
- CONFIRMAR en todo