SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0929/2017-S1
Fecha: 28-Ago-2017
II.3.
II.3. El 1 de julio de 2014, Sergio Estenssoro Cisneros y Marco Estenssoro Cisneros, por memorial interpusieron excepción de incompetencia en razón de materia ante el Juez Mixto de Instrucción Penal del departamento de Santa Cruz, excepción que fue declarada probada mediante Auto 75/14 de 1 de agosto de 2014, por la autoridad judicial mencionada, fallo que fue objeto de apelación incidental por parte del Ministerio Público y la parte querellante, la cual fue declarada admisible e procedentes las aludidas apelaciones y deliberando en el fondo revocó la excepción de incompetencia en razón de materia, disponiendo la continuación de la acción penal conforme a derecho, por Auto de Vista 110 de 28 de mayo de 2015 (fs. 26 a 30; 47 a 49; y 205 a 208).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2.El derecho a la libertad personal en la Constitución Política del Estado
- III.2.1. De la acción de libertad
- III.3.Procesamiento indebido: Requisitos procesales para su tutela a través de la acción de libertad
- a) el acto lesivo, entendido como los actos ilegales, las omisiones indebidas o las amenazas de la autoridad pública, denunciados, deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión; b) debe existir absoluto estado de indefensión, es decir, que el recurrente no tuvo la oportunidad de impugnar los supuestos actos lesivos dentro del proceso y que recién tuvo conocimiento del mismo al momento de la persecución o la privación de la libertad
- Se trata de un mecanismo de defensa constitucional extraordinario de carácter preventivo, correctivo y reparador, instituido para la protección inmediata y efectiva de los derechos fundamentales a la libertad física como de locomoción en casos de detenciones, persecuciones, apresamientos o procesamientos ilegales o indebidos por parte de servidores públicos o de personas particulares; así como a la vida, cuando esté en peligro.
- a) Atentados contra el derecho a la vida; b) Afectación de los derechos a la libertad física como a la libertad de locomoción; c) Acto y omisión que constituya procesamiento indebido; y, d) Acto u omisión que implique persecución indebida”
- III.5.Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR