Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0933/2017-S1
Fecha: 28-Ago-2017
III.3.
III.3. A través del informe expreso presentado por las autoridades demandadas, se colige, que evidentemente el accionado fue detenido preventivamente en el penal de Palmasola de Santa Cruz, conforme a Resolución emitida en la audiencia de medidas cautelares de 25 de marzo de 2017, la misma que fue recurrida en apelación y remitido al Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz dentro de las veinticuatro horas (fs. 12 a 14).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- denegó
- II.2.
- III.3.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- es hasta antes de señalado el día y hora de la audiencia pública
- III.2. Subsidiariedad excepcional de la acción de libertad
- 3. Cuando el accionante hubiera denunciado los actos restrictivos de su libertad personal o física ante el Juez cautelar, como también, paralela o simultáneamente a la jurisdicción constitucional a través de la acción de libertad, sobreviene también la subsidiaridad.
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR