SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0942/2017-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0942/2017-S2

Fecha: 21-Ago-2017

Fragmento 19

En ese orden de cosas, constituyendo la conminatoria de carácter obligatorio a partir de su notificación y no implicando su impugnación en la vía administrativa o judicial, que pueda suspenderse su ejecución; resulta indiscutible que los representantes de la Casa de Estudios Superiores demandada se encontraban constreñidas a su observancia máxime si en los hechos se comprobó la vulneración de otros derechos  invocados por el impetrante de tutela en su acción constitucional, al no obrar en dicho sentido. De otro lado, en base a la línea jurisprudencial citada en los Fundamentos Jurídicos del presente fallo constitucional, obliga señalar que si bien a la jurisdicción constitucional, le compele únicamente ordenar el cumplimiento de la conminatoria expedida; en el presente caso es evidente que la Jefatura Departamental de Trabajo emitió su decisión basada en la normativa relativa a la inamovilidad de las mujeres en estado de embarazo y de los padres progenitores, garantizando los derechos prioritarios del menor, observándose asimismo que la afectación del nivel salarial y la ubicación en su puesto de trabajo, perturbó ciertamente el derecho a la inamovilidad laboral del accionante.