AUTO CONSTITUCIONAL 0344/2017-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0344/2017-RCA

Fecha: 26-Sep-2017

I.5. Síntesis de la impugnación

El accionante refirió que, el análisis realizado es totalmente errado e inconstitucional; ya que, no se fundamentó en base a que normativa puede impugnar una decisión fiscal de acusación, constituyendo la decisión de “rechazo” “in limine” una resolución que viola el debido proceso, debiendo tener en cuenta que ante una acusación con la cual se vulneraron sus derechos no existe acción ordinaria que pueda reparar la misma, siendo que el juicio oral no remediara la lesión a sus derechos y lo que se pretende es ingresar al juicio oral en igualdad de condiciones; por último indica que, una vez realizada la acusación fiscal a la parte no le queda más acción que someterse a juicio, y los únicos actos impugnables son el rechazo y el sobreseimiento de acuerdo al art. 324 del Código de Procedimiento Penal (CPP), no así la acusación formal, acto por el cual se considera concluida la investigación.