SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0034/2017
Fecha: 19-Sep-2017
Respecto al ámbito de competencia personal
De acuerdo a la preceptiva constitucional desarrollada en el Fundamento Jurídico citado en el fundamento jurídico precedente, se ha establecido que la JIOC se fundamenta en un vínculo particular de las personas como miembros de la respectiva nación o pueblo indígena originario campesino; por lo que, en esa condición, ya sea que intervengan como actores o demandados, denunciantes o querellantes, denunciados o imputados, recurrentes o recurridos; estarán sujetos a la JIOC.
Bajo ese contexto, y conforme a los antecedentes remitidos a este Tribunal, se tiene que los hechos que dieron lugar al proceso penal de referencia, bajo el control jurisdiccional del Juez Público de la Niñez y Adolescencia e Instrucción Penal Primero de Challapata, precisamente en la comunidad de Saca Quillacas perteneciente a la Marka Challapata del Ex Ayllu Quillacas de la Provincia Eduardo Avaroa del departamento Oruro, Fundo, en el cual las partes, es decir Alejandro Poma Gutiérrez y Clemente Poma Yucra son comunarios y contribuyentes de la comunidad Saca Quillacas, teniendo constituidos sus domicilios en dicha comunidad, dedicando su labor cotidiana a la agricultura; consecuentemente, formando parte del colectivo humano de dicha región, en la que comparten identidad cultural, idioma, tradición histórica, instituciones, territorialidad y cosmovisión con los demás miembros de dicha comunidad; en consecuencia, se tiene el convencimiento de la concurrencia del presupuesto de vigencia personal en el presente caso; y por consiguiente, de la observancia de la normativa constitucional contenida en los arts. 191 de la CPE y 9 de la LDJ, para que pueda aplicarse la JIOC al caso penal instaurado contra las denunciadas.
- conflicto de competencias jurisdiccionales
- I.1. Alegaciones de las autoridades indígena originario campesinas
- I.2. Petitorio
- a)
- admitir
- I.5. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1. La Marka Challapata de la provincia Eduardo Avaroa del departamento de Oruro. Aspectos socioculturales y su sistema jurídico
- II.2.
- II.3.
- Rafael Rodríguez Mamani, Jiliri Mallku, del Ayllu Mallcoca, Marka Aroma, Suyu Jatun Killaca Asanaja autoridad IOC de la Nación Originaria Jatun Killaka Asnajaqui
- III.1. El pluralismo jurídico en Bolivia como único sistema jurídico compuesto por una pluralidad de jurisdicciones en igualdad jerárquica.
- [1]
- III.2. El control plural de constitucionalidad
- 2) Control de competencias
- III.3. En cuanto al conflicto de competencias entre la jurisdicción ordinaria y la indígena originaria campesina.
- la resolución del Tribunal Constitucional Plurinacional se limita a determinar la autoridad indígena originaria campesina u ordinaria en su caso, competente para conocer un determinado asunto
- III.4. Respecto a los ámbitos de aplicación de la jurisdicción indígena originaria campesina
- respecto a los ámbitos de aplicación de la jurisdicción indígena originaria campesina el art. 191.II de la CPE, determina que: ‘La jurisdicción indígena originario campesina se ejerce en los (…) ámbitos de vigencia personal, material y territorial
- La jurisdicción indígena originario campesina se fundamenta en un vínculo particular de las personas que son miembros de la respectiva nación o pueblo indígena originario campesino’
- Están sujetos a la jurisdicción indígena originaria campesina los miembros de la respectiva nación o pueblo indígena originario campesino
- se aplica a las relaciones y hechos jurídicos que se realizan o cuyos efectos se producen dentro de la jurisdicción de un pueblo indígena originario campesino
- que la jurisdicción indígena originaria campesina: ‘…conoce los asuntos indígena originario campesinos de conformidad a lo establecido en una Ley de Deslinde Jurisdiccional’
- c)
- tentativa de homicidio
- Respecto al ámbito de competencia personal
- Con relación al ámbito de vigencia territorial
- Homicidio en grado de tentativa”
- Jiliri Mallku del Ayllu Mallcoca, Marka Aroma, Suyu Jatun Killaka Asanajaqui, Autoridad Indígena Originaria Campesina de la Nación Originaria Jatun Killaka Asanajaqui;
- COMPETENTE