SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0042/2017
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0042/2017

Fecha: 25-Sep-2017

ámbito de vigencia territorial

En ese orden, respecto al ámbito de vigencia territorial, el presunto hecho ilícito, de acuerdo al proceso de reconstitución y restitución de autoridades indígena originario campesinas, se suscitó en el Ayllu Parcialidad Urinsaya de la Marka Sipe Sipe de la Nación Sura del departamento de Cochabamba, cumpliéndose lo determinado en el art. 191 de la CPE. Asimismo, en relación al ámbito de vigencia personal, se evidencia que los imputados son autoridades indígena originario campesinas de dicho Ayllu, por lo que deben ser juzgados en la JIOC de la Nación Sura; y finalmente, sobre el ámbito de vigencia material, el referido proceso penal se encuentra vinculado únicamente a la reconstitución y restitución de ese Ayllu, motivo por el cual es materia propia de la Nación Sura y no puede ser juzgada por la vía ordinaria, ya que son aspectos que tradicional e históricamente corresponden a dicha Nación en el marco de su auto determinación y sistemas jurídicos, máxime cuando por los documentos presentados acreditaron ser los legítimos propietarios de tierras ancestrales sobre las que se alega despojo, concluyéndose que el caso debe ser conocido por la mencionada JIOC, porque lo contrario implicaría una vulneración de los derechos de las naciones y pueblos indígena originario campesinos a la auto identificación y auto determinación.