SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0877/2017-S3
Fecha: 08-Sep-2017
denegó
La Sala Penal Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, constituida en Tribunal de garantías, mediante Resolución 07/2017 de 21 de Julio, cursante de fs. 35 a 36, denegó la tutela solicitada, “…en la vía de recomendación, insta a la [autoridad judicial ahora demandada] a que a la brevedad posible resuelva, dentro del marco establecido por el Código de Procedimiento Penal (…) el incidente de acumulación por conexitud interpuesto…” (sic) por el accionante, con el siguiente fundamento; no se advierte que la falta de pronunciamiento del incidente de acumulación de procesos tenga directa relación con la libertad del nombrado, no cumpliéndose con los presupuestos establecidos por la jurisprudencia respecto del procesamiento indebido en acciones de libertad.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Presupuestos concurrentes de activación de la acción de libertad ante procesamiento ilegal o indebido
- la protección otorgada por la acción de libertad cuando se refiere al debido proceso, no abarca a todas las formas que puede ser vulnerado, sino, queda reservada para aquellos entornos que conciernen directamente al derecho a la libertad física y de locomoción
- se podrá acudir ante la jurisdicción constitucional a través del recurso de amparo constitucional, que, como se ha señalado, es el recurso idóneo para precautelar las lesiones a la garantía del debido proceso; a no ser que se constate que a consecuencia de las violaciones al debido proceso invocadas, se colocó al recurrente en absoluto estado de indefensión, lo que no le permitió impugnar los supuestos actos ilegales y que recién tuvo conocimiento del proceso al momento de la persecución o la privación de la libertad
- el acto lesivo, entendido como los actos ilegales, las omisiones indebidas o las amenazas de la autoridad pública, denunciados, deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión
- III.2. Análisis del caso concreto
- solicitó se pondere el elemento de conexitud de acumulación, objeto de esta acción de libertad, porque el no pronunciamiento de ese incidente estaría dando lugar a vulneraciones que no se pueden consentir ni tolerar, por lo que pidió que el Juez demandado lo resuelva
- CONFIRMAR