Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0883/2017-S3
Fecha: 08-Sep-2017
I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
Por ACP 0005/2016 de 25 de agosto, la Sala Plena del Tribunal Constitucional Plurinacional, con la facultad conferida por el art. 23.4 del Código Procesal Constitucional (CPCo) declaró legal la excusa planteada por el Magistrado Dr. Zenón Hugo Bacarreza Morales, disponiendo su separación del conocimiento de la causa y el nuevo sorteo de la misma (fs. 49 a 52).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Presupuestos concurrentes de activación de la acción de libertad ante procesamiento ilegal o indebido
- la protección otorgada por la acción de libertad cuando se refiere al debido proceso, no abarca a todas las formas que puede ser vulnerado, sino, queda reservada para aquellos entornos que conciernen directamente al derecho a la libertad física y de locomoción; caso contrario, deberá ser tutelado mediante la acción de amparo constitucional
- III.2. Análisis del caso concreto
- i)
- CONFIRMAR