Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0883/2017-S3
Fecha: 08-Sep-2017
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Los accionantes denuncian la lesión de sus derechos a la defensa, al debido proceso y a la libertad, toda vez que en la causa penal seguida en su contra, habiendo planteado excepción de falta de acción, la autoridad demandada omitió la instalación de la audiencia para su consideración, determinando ilegalmente que se procedería a la resolución de la excepción interpuesta sin el desarrollo del verificativo, decisión que no fue modificada pese a haber formulada recurso de reposición, procediendo por el contrario al señalamiento de audiencia de medidas cautelares en su contra.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Presupuestos concurrentes de activación de la acción de libertad ante procesamiento ilegal o indebido
- la protección otorgada por la acción de libertad cuando se refiere al debido proceso, no abarca a todas las formas que puede ser vulnerado, sino, queda reservada para aquellos entornos que conciernen directamente al derecho a la libertad física y de locomoción; caso contrario, deberá ser tutelado mediante la acción de amparo constitucional
- III.2. Análisis del caso concreto
- i)
- CONFIRMAR