SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0966/2017-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0966/2017-S2

Fecha: 18-Sep-2017

II.2.

II.2.  El 31 de julio de 2017, se instaló audiencia de suspensión condicional del proceso; sin embargo, fue suspendida por el Juez de Instrucción Penal Primero, en suplencia legal de su similar Décimo, debido a que la ´parte querellante, no fue notificada legalmente para el acto referido, señaló nueva audiencia para el 14 de agosto del mismo año (fs.19); llegada esta fecha, una vez instalada la audiencia, el abogado apoderado de la parte querellante, hizo notar que la notificación a su mandante se la hizo en el domicilio procesal y no así en el real como había sido dispuesto por el Juez, en tal sentido, con el fin de evitar nulidades, solicitó se notifique a su mandante, conforme la providencia; ante dicha observación, el Juez dispuso la suspensión de la audiencia y la reprogramó para el 29 del mismo mes y año (fs. 20 a 21).