Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0969/2017-S2
Fecha: 18-Sep-2017
Fragmento 13
Al respecto, como la amplia jurisprudencia emanada de este Tribunal, señaló en la SCP 0012/2016-S2 de 18 de enero, que a su vez menciona la SCP 1771/2014 de 15 de septiembre, señaló que: ”’…los hechos controvertidos o aún pendientes de ser resueltos en la vía judicial o administrativa, no pueden ser solucionados por la vía constitucional; así la SC 0680/2006-R de 17 de julio, en lo pertinente señaló lo siguiente: «…a través del amparo no es posible dilucidar hechos controvertidos ni reconocer derechos, sino únicamente protegerlos cuando se encuentran debidamente consolidados …»‘“.