Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0974/2017-S2
Fecha: 18-Sep-2017
II.5.
II.5. Por memorial de 10 de julio de 2017, el accionante interpuso excepción de incompetencia en razón de materia e incidentó por actividad procesal defectuosa absoluta, los mismos que por decreto de 11 del mismo mes y año, fueron declarados no ha lugar por el Juez demandado (fs. 20 a 25 vta.), decisión sobre la cual planteó reposición, pronunciándose el decreto de 25 de igual mes y año, por el que dicha autoridad modificó en parte el anterior decreto y se dispuso el traslado del incidente planteado, manteniendo la determinación sobre la excepción aludida al haber precluido el plazo para ello computables a partir de su notificación con el inicio de la investigación (fs. 31 a 33 vta.).