SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1001/2017-S3
Fecha: 29-Sep-2017
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Dentro del proceso penal seguido en su contra, por la presunta comisión del delito de tráfico de sustancias controladas -expediente 99/15-, el 11 de marzo de 2016, se llevó a cabo la audiencia de procedimiento abreviado, en la que Willzon Arébalo Coria, Juez de Instrucción Penal Segundo de Montero de la Capital del departamento de Santa Cruz dictó Sentencia, a través de la cual fue condenado a diez años de presidio, no encontrándose dicho fallo ejecutoriado; en consecuencia desde la mencionada fecha se encuentra con detención preventiva en la cárcel “Centro de Readaptación Productivo” Montero.
Desde que fue emitida la Sentencia en su contra, solicitó de manera reiterada en diez oportunidades “…CERTIFICACIONES A TRAVES DE OFICIOS…” (sic) y también fotocopias simples y legalizadas -se entiende del cuaderno jurisdiccional-; empero, “hasta la fecha” no se le otorgaron las mismas “…y siempre le dicen ‘está en despacho’” (sic); motivo por el que no puede impetrar la cesación a su detención preventiva o acogerse al beneficio de indulto u otros que le permitan defenderse en libertad.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Presupuestos concurrentes de activación de la acción de libertad ante procesamiento ilegal o indebido
- la protección otorgada por la acción de libertad cuando se refiere al debido proceso, no abarca a todas las formas que puede ser vulnerado, sino, queda reservada para aquellos entornos que conciernen directamente al derecho a la libertad física y de locomoción
- se podrá acudir ante la jurisdicción constitucional a través del recurso de amparo constitucional, que, como se ha señalado, es el recurso idóneo para precautelar las lesiones a la garantía del debido proceso; a no ser que se constate que a consecuencia de las violaciones al debido proceso invocadas, se colocó al recurrente en absoluto estado de indefensión, lo que no le permitió impugnar los supuestos actos ilegales y que recién tuvo conocimiento del proceso al momento de la persecución o la privación de la libertad
- el acto lesivo, entendido como los actos ilegales, las omisiones indebidas o las amenazas de la autoridad pública, denunciados, deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR