SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1001/2017-S3
Fecha: 29-Sep-2017
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante a través de su representante, considera vulnerados su derecho a la libertad vinculado al debido proceso, toda vez que dentro del proceso penal seguido en su contra por la presunta comisión del delito de tráfico de sustancias controladas, se sometió a procedimiento abreviado, siendo condenado a diez años de presidio mediante Sentencia de 11 de marzo de 2016, misma que aún no está ejecutoriada; y encontrándose con detención preventiva, presentó memoriales en reiteradas oportunidades, solicitando oficios para obtener certificaciones, fotocopias simples y legalizadas de todas las actuaciones procesales; empero, “hasta la fecha” no se le otorgaron los mismos, motivo por el que no puede impetrar la cesación de su detención preventiva o acogerse al beneficio de indulto u otros que le permitan defenderse en libertad.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Presupuestos concurrentes de activación de la acción de libertad ante procesamiento ilegal o indebido
- la protección otorgada por la acción de libertad cuando se refiere al debido proceso, no abarca a todas las formas que puede ser vulnerado, sino, queda reservada para aquellos entornos que conciernen directamente al derecho a la libertad física y de locomoción
- se podrá acudir ante la jurisdicción constitucional a través del recurso de amparo constitucional, que, como se ha señalado, es el recurso idóneo para precautelar las lesiones a la garantía del debido proceso; a no ser que se constate que a consecuencia de las violaciones al debido proceso invocadas, se colocó al recurrente en absoluto estado de indefensión, lo que no le permitió impugnar los supuestos actos ilegales y que recién tuvo conocimiento del proceso al momento de la persecución o la privación de la libertad
- el acto lesivo, entendido como los actos ilegales, las omisiones indebidas o las amenazas de la autoridad pública, denunciados, deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR