SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1037/2017-S2
Fecha: 25-Sep-2017
II.2.
II.2. Por informe policial de 27 de agosto de 2017, se establece que el investigador asignado al caso de la FELCV, Wilfredo Casas Peducasse, informó al representante del Ministerio Público la apertura de causa penal; a cuyo efecto, adjuntó los actos iniciales de la investigación, consistentes en el acta de denuncia verbal, acta de declaración informativa policial, presentada y prestada por Erika Mary Cruz Quispe Alzu, acta de aprehensión, acta de lectura de derechos constitucionales, acta de secuestro de vehículo efectuado contra imputado, muestrario fotográfico, croquis de referencia del lugar de los hechos e informe médico de 28 del igual mes y año, por el que se constató que la nombrada víctima a consecuencia de la agresión, cuenta con ocho días de impedimento (fs. 11 a 31).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II
- III.1. Alcance y finalidad de la acción de libertad
- III.2. El juez cautelar como contralor de la investigación
- III.3. Subsidiariedad excepcional de la acción de libertad
- III.4. Análisis del caso concreto
- Fragmento 13