SENTENCIA CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 1053/2017-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 1053/2017-S2

Fecha: 25-Sep-2017

III.1.

La SCP 0291/2017-S2 de 3 de abril, manifestó lo siguiente: ”Al respecto de la teoría del hecho superado y su diseño jurisprudencial, la                  SCP 0735/2015-S2 de 3 de julio, citando a la SC 1640/2010-R de 15 de octubre, partiendo en su análisis del contenido del art. 128 de la CPE, para la aplicación de la misma, señaló que: ’«Del contenido de la citada norma constitucional, se infiere que la finalidad de la acción de amparo constitucional es garantizar la protección del derecho fundamental de quien acude a esa acción tutelar, cuya pretensión es el reconocimiento de un derecho fundamental, así como la adopción de las medidas necesarias para restablecer o preservar el ejercicio de dicho derecho, es decir que la pretensión está constituida por el reconocimiento del derecho vulnerado y el objeto material a través del cual ha de cometerse o se cometió esa vulneración, que bien puede ser un acto jurídico o una medida de hecho, sobre los cuales el Tribunal de garantías se pronunciará en resolución, concediendo la tutela solicitada si advierte la vulneración acusada en el recurso y declarando, según sea el caso, la nulidad del acto.