Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1058/2017-S1
Fecha: 11-Sep-2017
a)
Solicita se conceda tutela, disponiendo: a) La nulidad del Auto de Vista de 22 de agosto de 2017, que anula el Auto Interlocutorio de 20 de julio de 2017, que ordenó la detención preventiva de la accionante; b) Se emita una nueva resolución conforme a los lineamientos trazados en la uniforme línea jurisprudencial; es decir, ingresando al fondo de la apelación planteada y resolviendo dicha impugnación de manera fundamentada; y c) Se imponga expresamente la obligación de reparar los daños y perjuicios ocasionados, conforme a la previsión contenida en el “art. 72 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional” (LTCP).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad y presupuestos de activación ante un indebido procesamiento
- las autoridades recurridas no consideraron que el objeto del recurso de apelación contra la Resolución de medidas cautelares, es precisamente la aplicación de tales medidas, entonces, no podían dejar de pronunciarse sobre el objeto de la alzada, por cuanto ello importa denegación de justicia, que ligada a la libertad
- III.2. Análisis del caso concreto
- 2°