Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1058/2017-S1
Fecha: 11-Sep-2017
II.4.
II.4. La Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, el 22 de agosto de 2017, declaró procedente la apelación incidental planteada por la representada de la ahora accionante, disponiendo la nulidad del Auto de 20 de julio del año 2017 y ordenó a la Jueza a-quo, para que dentro de las veinticuatro horas de devueltos los antecedentes, convoque a las partes y emita de manera directa la Resolución con la fundamentación y valoración de todos los elementos de convicción que fueron aportados por las partes y determine conforme a derecho (fs. 57 a 59).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad y presupuestos de activación ante un indebido procesamiento
- las autoridades recurridas no consideraron que el objeto del recurso de apelación contra la Resolución de medidas cautelares, es precisamente la aplicación de tales medidas, entonces, no podían dejar de pronunciarse sobre el objeto de la alzada, por cuanto ello importa denegación de justicia, que ligada a la libertad
- III.2. Análisis del caso concreto
- 2°