Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0009/2018-CA
Fecha: 31-Ene-2018
Jueza Pública Civil y Comercial Decimosegunda del departamento de La Paz
En consulta la Resolución 451/2017 de 13 de octubre, cursante de fs. 124 a 126, pronunciada por la Jueza Pública Civil y Comercial Decimosegunda del departamento de La Paz, por la que rechazó la solicitud de promover la acción de inconstitucionalidad concreta interpuesta por Justiniano, Gualberto, Laureano, Santiago y Jesús Basilio, todos ellos, Mamani Quispe; y, Gregorio Pairumani Mamani, demandando la inconstitucionalidad de la Resolución Técnica Administrativa “390/1994” de 18 de agosto, por ser presuntamente contraria a los arts. “7 incs. a) e i), 22, 29, 31, 32, 34 y 206 de la Constitución Política del Estado abrogada (CPEabrg)”, 56 y 57 de la Constitución Política del Estado (CPE).
- Jueza Pública Civil y Comercial Decimosegunda del departamento de La Paz
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- a)
- “sin lugar a”
- I.4. Trámite ante el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.2. Marco normativo constitucional y legal
- II.3. Análisis del caso concreto
- tienen carácter normativo, es decir, aquellas que establezcan normas jurídicas, pues las resoluciones de carácter administrativo que resuelven casos concretos no forman parte de las normas objeto de control normativo de constitucionalidad por
- La acción de inconstitucionalidad concreta, no puede ser activada para cuestionar la constitucionalidad de instrumentos administrativos, emitidos para la resolución de casos particulares, puesto que no gozan de las características de abstracción, generalidad y obligatoriedad
- RATIFICAR