AUTO CONSTITUCIONAL 0009/2018-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0009/2018-CA

Fecha: 31-Ene-2018

“sin lugar a”

Por Resolución de 451/2017 de 13 de octubre, cursante de fs. 124 a 126, la Jueza Pública Civil y Comercial Decimosegunda del departamento de La Paz, declaró “sin lugar a” (sic) promover la acción de inconstitucionalidad concreta, señalando que: 1) La Resolución Técnica Administrativa “0390/1994” no tiene el carácter de norma jurídica, abstracta e impersonal y por tal no puede ser objeto de acción de inconstitucionalidad concreta; 2) No se justificó en qué medida la futura sentencia del proceso depende de la constitucionalidad o inconstitucionalidad de la Resolución Técnica Administrativa referida, la cual es la orden de inscripción del título de propiedad que alega el Gobierno Autónomo Municipal de La Paz en el juicio de mejor derecho propietario, buscando afectar la inscripción del título propietario para definir el resultado de ese juicio; 3) No se indicó la manera en que la Resolución Técnica Administrativa sería contraria a los arts. 56, 57 y 178 de la CPE; y, 4) Es requisito de la acción de inconstitucionalidad concreta que la norma impugnada sea contraria a normas constitucionales y no a otra clase de normas como sucede en el presente caso.