SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0392/2018-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0392/2018-S2

Fecha: 01-Ene-2018

a)

Karin Balcazar Azaba, Jueza del Tribunal de Sentencia Penal Decimoprimero de la Capital del departamento de Santa Cruz, a través de informe oral brindado en la audiencia, indicó: a) El accionante denuncia que supuestamente las autoridades demandadas no le permiten asistir a las audiencias programadas dentro del proceso penal instaurado por el Ministerio Público a instancia de su persona y su hijo Lorgio Saucedo Méndez contra José Mariano Paz Chávez, por la presunta comisión del delito de lesiones graves y leves, y secuestro; b) Conforme consta en el timbre electrónico de recepción el 6 de diciembre de 2017, el impetrante presentó memorial solicitando se emita oficio de traslado de detenido, escrito que fue recepcionado por la Auxiliar de su despacho el 7 de igual mes y año, habiendo sido decretado dentro del plazo de veinticuatro horas, con el siguiente texto: “En atención al memorial que antecede, por secretaria ofíciese como se pide” (sic), extremo que inclusive fue observado por el imputado en la audiencia de cesación de la detención preventiva celebrada, quien cuestionó que se haya dado curso a un memorial que no corresponde; c) El memorial descrito fue el único que formuló el impetrante manifestando que se encuentra detenido en el Centro de Rehabilitación Santa Cruz Palmasola requiriendo se emita oficio para que sea dirigido al Gobernador del citado Recinto, para que pueda asistir a la audiencia fijada para el 8 de diciembre de 2017; y, d) Aclarando en consecuencia, que el único escrito presentado por el peticionante se encuentra providenciado.