Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0386/2018-RCA
Fecha: 02-Oct-2018
I.5. Síntesis de la impugnación
Refieren que, plantearon la acción de amparo constitucional invocando su derecho al trabajo, a la estabilidad laboral, a la defensa, al debido proceso y a la petición, habiendo merecido la SCP 0228/2017; “…pero esta sentencia constitucional, según la juez 24 civil y comercial garantista ese tiempo, No ha considerado lo principal de lo reclamado que es el derecho al trabajo…” (sic); tampoco, la sobreviniente RM 437/2018, entonces el actual Juez de garantías, para sustentar lo contrario debe demostrar, que la anterior acción tuteló además del derecho al debido proceso en su elemento de fundamentación y motivación, al del trabajo.