Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0386/2018-RCA
Fecha: 02-Oct-2018
improcedente
El Juez Público Civil y Comercial Tercero del departamento de La Paz, constituido en Juez de garantías, por Resolución 547/2018 de 13 de septiembre, cursante de fs. 178 a 181, declaró improcedente esta acción tutelar, fundamentando que el art. 29 del Código Procesal Constitucional (CPCo), concordante con el art. 203 de la CPE, prevén la inadmisibilidad de acciones de defensa en los casos en los que exista cosa juzgada constitucional; aspecto que, se da en este particular con la SCP 0228/2017-S2, que evidencia haberse sometido a examen y resuelto la problemática por el Tribunal Constitucional Plurinacional, siendo inviable de ser sometido el mismo a una nueva revisión.