AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0063/2018-O
Fecha: 12-Oct-2018
i)
En forma posterior el demandante, mediante queja e impugnación, solicita: i) Se tome en cuenta los fundamentos, presentado en contra la Sentencia 03 de 25 de enero de 2018, emitida por la Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia; y, ii) Se ordene nuevamente, a las autoridades de la Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia; emitir una nueva sentencia que valore y dé cumplimiento a los lineamientos dispuestos en la SCP 0231/2017-S3, por tanto, se motive otra vez, cumpliéndose “la motivación y congruencia interna”, como elementos del debido proceso reclamado.
La Sentencia de 25 de enero de 2018, pronunciada por la Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, declaró nuevamente, probada la demanda y en su mérito revocaron la Resolución de Recurso Jerárquico AGIT-RJ 0272/2015 de 24 de febrero, manteniendo firme y subsistente la Resolución de Recurso de Alzada ARIT-CBA/RA 0432/2014 de 17 de noviembre. Resolución, con suficiente motivación conforme lo fundado por el Tribunal de garantías que resolvió la queja por incumplimiento de Resolución constitucional.
- SCP 0231/2017-S3
- Fragmento 2
- I.1. Hechos que motivan la impugnación
- a)
- I.2. Informe de la autoridad demandada
- cumplida
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
- III.1.
- Fragmento 15
- únicamente en relación al derecho al debido proceso, en sus elementos de motivación y congruencia interna
- i)
- Fragmento 18
- 1)
- CONFIRMAR