SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0521/2018-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0521/2018-S3

Fecha: 01-Oct-2018

1)

Daniel Fernández Murillo, Fiscal de Materia, por informe escrito presentado el 16 de julio de 2018, cursante de fs. 13 a 14, y en audiencia, manifestó que: 1) No se identifica cual la ilegalidad cometida, el accionar o la resolución que hubiese emitido, pues solo asistió a la audiencia de consideración de aplicación de medidas cautelares en apego al principio de unidad que rige al Ministerio Público, haciendo una labor de continuidad a lo realizado por el anterior Fiscal de Materia; 2) Se cumplieron todas las formalidades en el proceso penal que se sigue contra el accionante, respetando la presunción de inocencia ciñéndose en el marco legal; 3) Llama la atención que el impetrante de tutela ni en su declaración informativa mucho menos en la audiencia, denunció alguna irregularidad en la causa penal que se sigue en su contra, es más ni siquiera hizo uso del recurso de apelación contra el Auto Interlocutorio Simple 27/2018 de 27 de febrero, que dispuso su detención domiciliaria, no acreditó todo lo manifestado, a pesar de tener la carga de la prueba; 4) El derecho propietario no es un tema que deba resolverse en la vía penal; además, se está confundiendo el procedimiento ordinario con el constitucional, todo lo expuesto debe ser usado como medio de defensa en el proceso penal no así en esta instancia; y, 5) El solicitante de tutela pidió libertad irrestricta; sin embargo, corresponde que lo impetrado se realice a través de una cesación “a la detención preventiva”, puesto que existe una Resolución emitida por autoridad competente que ordenó dicha medida cautelar, además que no puede considerarse que está indebidamente privado de su libertad, motivo por el que debe denegarse la tutela con costas; toda vez que, no se puede poner en funcionamiento un mecanismo del Estado, mellando dignidades de autoridades que solo cumplen con su labor, debiendo en consecuencia denegar la tutela.