SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0563/2018-S3
Fecha: 12-Oct-2018
denegó
El Tribunal de Sentencia Penal Decimoprimero de la Capital del departamento de Santa Cruz, constituido en Tribunal de garantías, por Resolución 05/2018 de 11 de agosto, cursante de fs. 44 vta. a 46 vta., denegó la tutela solicitada, fundamentando que: a) Se adjuntó en audiencia el Informe Médico de 10 de dicho mes y año, el cual refiere que el accionante salió de emergencia del Centro Penitenciario Palmasola del mencionado departamento, al Hospital San Juan de Dios; sin embargo, no se evidencia que este hubiera hecho conocer su estado de salud a los Jueces codemandados, ya que no pidió al médico forense sea sometido a la valoración respectiva, ni el traslado a un centro hospitalario; b) Cursa Auto Interlocutorio de 26 de julio del citado año, que rechazó la petición de cesación de la detención preventiva del impetrante de tutela, contra el que no consta recurso alguno, por lo que no se agotó la vía ordinaria, tampoco se especificó, ni demostró de forma objetiva de qué manera las autoridades demandadas vulneraron su derecho a la salud o a la vida; y, c) La SCP 1354/2014 de 7 de julio, hace alusión a la subsidiariedad excepcional de la acción de libertad, que opera cuando los mecanismos procesales de defensa idóneos para la reparación o restitución del derecho a la libertad no son utilizados previamente a la interposición de la acción citada, entendimiento que es aplicable al caso concreto.