SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0610/2018-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0610/2018-S4

Fecha: 02-Oct-2018

i)

Lilian Yolanda Illanes de Ponce por intermedio de su abogado en la audiencia pública de acción de amparo constitucional de 16 de abril de 2018, manifestó que: i) Los accionantes dentro del proceso iniciado el 30 de junio de 2006, durante 10 años han dilatado la resolución del conflicto con una serie de recursos planteados ante los Tribunales superiores que declararon improcedente, infundado o confirmaron la Sentencia del Juez de primera instancia, incluso iniciando procesos penales con el único objetivo de apartar autoridades del proceso y evitar la ejecución coactiva del bien inmueble que en este momento se encuentra hipotecado; ii) Los Magistrados del Tribunal Supremo de Justicia emitieron un correcto fallo, pues no existe ningún vicio que pudiese anular el proceso; tampoco se atentó contra el derecho a la propiedad privada como esgrimen los accionantes, ya que éstos en el proceso coactivo hicieron uso incluso desmedido, de todos los recursos que les franquea la ley, con la única finalidad de interrumpir y dilatar el proceso por más de diez años; y, iii) En la acción de amparo constitucional, la propietaria del bien inmueble, quien hipotecó dicho bien, no realizó reclamo alguno, hecho que demuestra que ella suscribió el contrato de préstamo de manera voluntaria y sin ningún tipo de presión.