SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0624/2018-S2
Fecha: 08-Oct-2018
denegó
El Tribunal de Sentencia Penal Décimo de la Capital del departamento de La Paz, constituido en Tribunal de garantías, mediante Resolución 117/2018 de 10 de agosto, cursante de fs. 64 a 69, denegó la tutela solicitada, señalando que, conforme el entendimiento desarrollado en las SSCC 0048/2010-R de 26 de abril, 0059/2010-R de 27 de abril, la acción de libertad no abarca todas las formas en que pueden ser vulnerado el derecho al debido proceso, estando reservada solo para aquellos casos en los que el derecho a la libertad física este directamente vulnerada; por lo cual, al estar la solicitud planteada referida a la fundamentación del Auto de Vista 190/2018 emitida por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, debe ser considerada por la vía de acción de amparo constitucional, no siendo atendible por la de la acción de libertad.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- i)
- a)
- III.1. El principio de informalismo y la tutela de hechos y derechos conexos en la acción de libertad
- que toda resolución debe exponer los hechos y el fundamento legal de la decisión, de manera que en caso de omisión, se estaría vulnerando dicho derecho.
- Fragmento 12
- Fragmento 13
- Fragmento 14
- SCP 0014/2018-S2 de 28 de febrero
- relevancia constitucional
- III.3. La exigencia de fundamentación y motivación de las resoluciones judiciales que resuelven medidas cautelares: Las resoluciones de los tribunales de apelación y la interpretación de art. 398 del CPP
- SCP 0014/2018-S2
- fundamentación suficiente
- SC 0782/2005-R de 13 de julio
- III.4. Análisis del caso concreto
- qué se hizo, quién lo hizo, cuándo lo hizo, dónde lo hizo y cómo lo hizo;
- REVOCAR
- b)
- MAGISTRADO
- interdependientes, indivisibles
- lo que implica que la protección de un derecho y su ejercicio, conlleva a que se tutelen aquellos otros con los cuales se encuentra vinculado
- el contenido esencial del derecho a una resolución fundamentada y motivada
- c)