SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0655/2018-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0655/2018-S2

Fecha: 15-Oct-2018

no tienen facultades jurisdiccionales sino que están obligados a cumplir las órdenes o instrucciones del Juez emergentes de sus decisiones

[6]La SC 1572/2003-R de 4 de noviembre, en el FJ III.2, expresa: “...los secretarios, actuarios y oficiales de diligencias, no tienen facultades jurisdiccionales sino que están obligados a cumplir las órdenes o instrucciones del Juez emergentes de sus decisiones, por lo que no tienen legitimación pasiva para ser demandados por cuanto no son los que asumen determinaciones de orden jurisdiccional dentro de los procesos salvo que incurrieran en excesos contrariando o alterando esas determinaciones de la autoridad judicial” (las negrillas nos corresponden).