Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0663/2018-S4
Fecha: 16-Oct-2018
I.2.1. Improcedencia de la acción de amparo constitucional
El Juez Público Civil y Comercial Décimo del departamento de La Paz, constituido en Juez de garantías, mediante Resolución 273/2018 de 18 de mayo, cursante de fs. 18 a 20 vta., declaró improcedente la presente acción de amparo constitucional; consecuentemente, el accionante por memorial presentado el 25 del mismo mes y año (fs. 29 a 31), impugnó dicha determinación.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Improcedencia de la acción de amparo constitucional
- I.2.2. Admisión de la acción de amparo constitucional
- a)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- Fragmento 9
- del contenido esencial del derecho de petición es la obtención de respuesta, en el ámbito de la eficacia horizontal del derecho de petición, debe resaltarse que el fundamento de este elemento, precisamente es la certidumbre
- Fragmento 11
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en parte
- 1º CONCEDER