SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0664/2018-S2
Fecha: 15-Oct-2018
denegó
El Tribunal de Sentencia Penal Segundo del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, constituido en Tribunal de garantías, mediante Resolución 35/2018 de 31 de agosto, cursante de fs. 26 a 29, denegó la tutela impetrada, fundando que: i) De acuerdo a la carátula del SIREJ, el caso EAL 1808052, por la presunta comisión del delito de conducción peligrosa de vehículo, fue recepcionado a horas 17:53 del 30 de agosto de 2018, siendo asignado dicha causa al Juzgado de Instrucción Penal Segundo de El Alto del departamento de La Paz; asimismo, consta un requerimiento emitido por la Fiscalía Corporativa de Delitos Contra las Personas, por el cual informó a la autoridad jurisdiccional el inicio de la investigación penal; y, ii) El accionante presentó como prueba una citación consignando el caso EAL 1808052, a nombre de Edilberto Figueredo Figueredo, en calidad de testigo; empero, de acuerdo a la indicada carátula judicial, se constató que el referido proceso penal por el delito mencionado, se hallaba bajo control jurisdiccional, por consiguiente el solicitante de tutela, con carácter previo a acudir a la jurisdicción constitucional debió acudir ante la ordinaria, al no haber obrado de ese modo, incumplió el principio de subsidiariedad.
- acción de libertad
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- a)
- Fragmento 4
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II
- III.1. Subsidiariedad excepcional de la acción de libertad. Jurisprudencia reiterada
- En los casos en los que ya se cumplió con dicha formalidad procesal, es decir, con el aviso del inicio de la investigación, al estar identificada la autoridad jurisdiccional, es ante ella donde se debe acudir en procura de la reparación y/o protección a sus derechos. De no ser así, se estaría desconociendo el rol, las atribuciones y la finalidad que el soberano a través del legislador le ha dado al juez ordinario que se desempeña como juez constitucional en el control de la investigación
- III.2.
- CONFIRMAR