SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0717/2018-S4
Fecha: 30-Oct-2018
III.3.1. Sobre la actuación del Juez de Instrucción Penal Octavo del departamento de La Paz
El accionante indica que el Auto 89/2017, dictado por el Juez de Instrucción Penal Octavo del departamento de La Paz −ahora codemandado−, carece de motivación para efectuar el rechazo a la homologación propuesta, pese a contar con todos los elementos necesarios; no obstante estas alegaciones, es pertinente establecer que el Tribunal Constitucional Plurinacional estableció en reiterados fallos que ante el carácter subsidiario de la acción de amparo constitucional, sería inviable un pronunciamiento de fondo respecto de estas decisiones, por cuanto la parte interesada o afectada tiene a su alcance un recurso ordinario idóneo con el cuál puede controvertir los fundamentos de la decisión del Juez a quo. Únicamente cuando estos recursos sean agotados, la parte podrá acudir ante la jurisdicción constitucional.
En el presente caso, como resulta evidente por la propia problemática, el peticionante de tutela interpuso un recurso de apelación contra el Auto 89/2017 buscando revertir su contenido y cuya resolución también demanda como vulneratoria de los mismos derechos en la presente acción de defensa; en consecuencia, solamente corresponderá analizar la resolución de la última instancia que fue llamada a reparar los presuntos agravios en los que hubiere incurrido la decisión del Juez a quo. Por ello, corresponde denegar la tutela solicitada con relación al Juez codemandado, aclarando que no se ingresó al análisis de fondo por la razón expuesta.
- acción de amparo constitucional
- a)
- I.1.2. Derecho y garantía supuestamente vulnerados
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- III.1. Sobre la motivación de las resoluciones judiciales
- III.2. El alcance del art. 398 del Código de Procedimiento Penal y el principio de congruencia
- III.3.1. Sobre la actuación del Juez de Instrucción Penal Octavo del departamento de La Paz
- III.3.2. Sobre la actuación de
- REVOCAR en parte,
- 1º CONCEDER