SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0723/2018-S2
Fecha: 31-Oct-2018
I.1.1. Hechos que motivan la acción
En junio de 2015, se inició proceso penal contra Fidel Quispe Ticona, por la supuesta comisión del delito de homicidio; que fue ampliado en su contra en agosto del mismo año, habiendo el Juez de Instrucción Penal Quinto de la Capital del departamento de La Paz dispuesto su detención preventiva mediante Auto Interlocutorio 338/2015 de 7 de agosto; ante lo cual, en reiteradas ocasiones presentó solicitudes de cesación de dicha medida cautelar, la última en noviembre de 2017, mereciendo el Auto Interlocutorio 127/2017 de 4 de diciembre, pronunciado por el Tribunal de Sentencia Penal Octavo, que rechazó tal petición; el mismo que fue confirmado por la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, a través del Auto de Vista 84/2018 de 22 de marzo.
En consecuencia, considera que las autoridades judiciales demandadas no valoraron de manera correcta la documentación que adjuntó, para desvirtuar el riesgo procesal de fuga previsto en los numerales 1 y 2 del art. 234 del Código de Procedimiento Penal (CPP) y el riesgo procesal de obstaculización contenido en los numerales 1 y 2 del art. 235 del mismo cuerpo legal.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La motivación y fundamentación de las resoluciones como elementos del debido proceso
- Fragmento 14
- arbitrariedad puede estar expresada en una decisión: a) Sin motivación, cuando la resolución no da razones que la sustenten; b) Con motivación arbitraria, cuando se basa en fundamentos y consideraciones meramente retóricas o deviene de la valoración arbitraria, irrazonable de la prueba, o en su caso, de la omisión en la valoración de la prueba aportada en el proceso; c) Con motivación insuficiente, cuando no se da razones de la omisión de pronunciamiento sobre los planteamientos de las partes; y, d) Por la falta de coherencia del fallo, se da: d.1) En su dimensión interna, cuando no existe relación entre las premisas -normativa y fáctica- y la conclusión -por tanto-
- SCP 0014/2018-S2 de 28 de febrero
- relevancia constitucional
- III.1.1. La exigencia de fundamentación y motivación de las resoluciones judiciales que resuelven medidas cautelares: Las resoluciones de los tribunales de apelación y la interpretación del art. 398 del Código de Procedimiento Penal
- SCP 0014/2018-S2
- fundamentación suficiente
- SC 0782/2005-R de 13 de julio
- III.2.
- a pedido fundamentado del fiscal o de la víctima,
- [14]
- Con relación al segundo requisito
- El riesgo procesal debe ser acreditado por la parte acusadora
- III.3.
- SCP 0014/2012 de 16 de marzo
- cuáles fueron los elementos de convicción y supuestos que determinaron la imposición de la detención preventiva
- III.4. Análisis del caso concreto
- III.4.1. Sobre la actuación del Tribunal de Sentencia Penal Octavo de la Capital del departamento de La Paz
- 338/2015,
- 22 de marzo de 2018
- REVOCAR
- b)
- MAGISTRADO
- el contenido esencial del derecho a una resolución fundamentada y motivada
- c)