SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0827/2018-S3
Fecha: 12-Oct-2018
HASTA TANTO SE DETERMINE LA VALIDEZ DE LOS DOCUMENTOS DEL PERDON DEL OFENDIDO ,QUEDA COMO NO PRESENTADO EL MISMO
Dentro del proceso penal instaurado en su contra por Jesús Walter Gómez Vargas, por la supuesta comisión del delito de estafa, planteó el incidente de perdón del ofendido, el cual mereció el decreto de 7 de junio de 2018, que en su parte resolutiva señaló: “…HASTA TANTO SE DETERMINE LA VALIDEZ DE LOS DOCUMENTOS DEL PERDON DEL OFENDIDO ,QUEDA COMO NO PRESENTADO EL MISMO…” (sic). El 19 de julio del citado año, fue notificado con el Auto Interlocutorio 157-18 de 17 del mismo mes y año, el cual negó el mencionado incidente, señalando que la víctima y acusador particular negaron haber participado en el señalado convenio; en el memorial de 20 del referido mes y año, dos días después de la emisión del nombrado Auto Interlocutorio presentó un peritaje particular donde claramente se indica y demuestra en sus conclusiones que la firma y nombre de Jesús Walter Gómez Vargas que cursan en los documentos de “…fojas 202 a 207 del cuaderno procesal…” (sic), son auténticos, siendo válidos, amparado en el art. 438 del Código de Procedimiento Penal (CPP); solicitó su libertad inmediata; empero, la autoridad accionada se niega a resolverlo.
- HASTA TANTO SE DETERMINE LA VALIDEZ DE LOS DOCUMENTOS DEL PERDON DEL OFENDIDO ,QUEDA COMO NO PRESENTADO EL MISMO
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- “IMPROCEDENTE”
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Procesamiento ilegal o indebido en la acción de libertad
- que se constate que a consecuencia de las violaciones al debido proceso invocadas, se colocó al recurrente en absoluto estado de indefensión, lo que no le permitió impugnar los supuestos actos ilegales y que recién tuvo conocimiento del proceso al momento de la persecución o la privación de la libertad.
- …para que la garantía de la libertad personal o de locomoción pueda ejercerse mediante el recurso de hábeas corpus cuando se denuncia procesamiento ilegal o indebido deben presentarse, en forma concurrente, los siguientes presupuestos: a) el acto lesivo, entendido como los actos ilegales, las omisiones indebidas o las amenazas de la autoridad pública, denunciados, deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión; b) debe existir absoluto estado de indefensión, es decir, que el recurrente no tuvo la oportunidad de impugnar los supuestos actos lesivos dentro del proceso y que recién tuvo conocimiento del mismo al momento de la persecución o la privación de la libertad
- III.2. Análisis del caso concreto
- i)
- CONFIRMAR