SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0837/2018-S3
Fecha: 31-Oct-2018
a)
Las accionantes a través de su abogado, ratificaron el contenido íntegro del memorial de amparo constitucional y ampliándolo señalaron: a) Hubo un descuento ilegal y arbitrario de las rentas de viudedad por más de cincuenta años, transcurrido el tiempo, requirieron información respecto al manejo de los recursos que no les fue otorgada, motivando una Asamblea Departamental que emitió un Voto Resolutivo para que las representantes a través de la Federación realicen una auditoria del manejo de recursos y la posibilidad de un estudio matemático que permita su sostenibilidad; y, b) En respuesta señalaron que su pedido es solo un proyecto financiero y omitieron la solicitud de auditoria; como consecuencia, el 2017 las afiliadas solicitaron su exclusión del descuento efectuado por COSSMIL, habiendo logrado este cometido, posteriormente solicitaron la devolución de sus aportes, lo que fue rechazado en franca inobservancia a lo preceptuado por el art. 48 de la CPE, 199 del Código de Seguridad Social (CSS) y 121 del DL 11901, que protegen y establecen la inembargabilidad de la rentas.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- Fragmento 6
- denegó
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Principio de subsidiaridad en la acción de amparo constitucional
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 12
- CONFIRMAR