SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0850/2018-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0850/2018-S3

Fecha: 01-Oct-2018

III.1. La fundamentación y motivación de las resoluciones que impongan, modifiquen o rechacen medidas cautelares pronunciadas en apelación y el alcance de lo previsto en el art. 398 del Código de Procedimiento Penal

La SCP 0765/2014 de 21 de abril, sobre el particular dejó sentado: «Respecto a la necesidad y obligación que tienen las autoridades jurisdiccionales de fundamentar y motivar sus resoluciones, al desarrollar el hecho y el derecho en los que basa su decisión, valorando las pruebas de cargo y descargo que fueran presentadas, el art. 124 del CPP, expresa que: “Las sentencias y autos interlocutorios serán fundamentados. Expresarán los motivos de hecho y derecho en que basan sus decisiones y el valor otorgado a los medios de prueba.