SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0851/2018-S3
Fecha: 29-Oct-2018
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público en su contra y otra, por la presunta comisión de los delitos de falsedad material e ideológica contemplados en los arts. 198 y 199 del Código Penal (CP), la participación del Fiscal de Materia asignado al caso, fue dolosa al haber ocultado la prueba de descargo y solicitado medidas cautelares como la detención preventiva; razón por la cual en defensa de sus derechos formuló excepción de prescripción, petición que en un principio fue declarada improbada; empero, en grado de apelación se declaró la prescripción.
Aun habiendo quedado extinguidos los mencionados ilícitos, de manera ilegal pretenden involucrarlo en el delito de uso de instrumento falsificado en grado de complicidad, cuando en ningún momento fue denunciado por ese hecho y menos imputado, motivo por el cual solicitó al Juez de la causa la cancelación de las medidas cautelares; sin embargo, de manera reiterada solamente recibió respuestas dilatorias con criterios no convincentes, esperando que se amplíe en su contra la imputación por ese imaginario ilícito.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- Fragmento 3
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III.
- cuando se demuestre que esas vulneraciones afectaron directamente al derecho a la libertad física o libertad de locomoción del accionante, dicha protección se verá materializada a través de la acción de libertad
- a)
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR