Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0851/2018-S3
Fecha: 29-Oct-2018
I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
El accionante a través de su abogado, ratificó el contenido de su acción tutelar y ampliándolo manifestó que, al no existir materia justiciable dentro del mencionado proceso penal se estarían cometiendo atropellos contra su libertad, pues su solicitud de cancelación de las medidas cautelares no fue debidamente atendida por el Juez de Instrucción Penal Tercero de la Capital del departamento de Oruro -ahora demandado-, aduciendo que un Auto de Vista le estaría indicando que se tiene que ampliar la imputación, aspecto que viola lo dispuesto por el art. 117 de la CPE, pese a la prueba de descargo presentada oportunamente.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- Fragmento 3
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III.
- cuando se demuestre que esas vulneraciones afectaron directamente al derecho a la libertad física o libertad de locomoción del accionante, dicha protección se verá materializada a través de la acción de libertad
- a)
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR