SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0885/2018-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0885/2018-S3

Fecha: 29-Oct-2018

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Dentro del proceso penal seguido en su contra por la presunta comisión del delito de manipulación informática, la Jueza de Instrucción Penal Décima de la Capital del departamento de La Paz, emitió el Auto Interlocutorio 315/2015 de 2 de julio, declarando la extinción de la acción penal a su favor en vista que no le notificaron con la imputación formal, falencia y retardación atribuible al Órgano Judicial; dicha decisión fue revocada por Auto de Vista 146/2016 de 13 de mayo, pronunciada por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, que posteriormente fue devuelta al Juzgado de origen; a lo que la referida autoridad el 31 del mismo mes y año, dictaminó el “Auto” de Conminatoria disponiendo se pronuncie requerimiento conclusivo.

Radicada la acusación fiscal ante el Tribunal de Sentencia Penal Quinto del citado departamento, se apersonó al mismo señalando su domicilio real; sin embargo, jamás le comunicaron con ningún actuado realizado, manifestando que según información de la Auxiliar de ese Tribunal se enteró que supuestamente fue declarado rebelde por no asistir a una audiencia, la que fue notificada a su persona mediante edictos, cuando debió practicarse en su domicilio real señalado.