VOTO DISIDENTE DE LA SCP 0711/2018-S2
Fecha: 31-Oct-2018
l
Ahora bien, los estereotipos influyen en el modo en que las instituciones, reaccionan a la vulneración de derechos fundamentales, en algunos casos, a través de discursos y prácticas discriminatorias. Eliminar los estereotipos de género, no es una tarea sencilla, especialmente porque influyen de manera inconsciente en las actitudes y comportamientos de las personas, pero identificarlos resulta imprescindible, a fin de combatir la discriminación que provoca promover la igualdad sustantiva, proteger los derechos de las mujeres y no restringir su ejercicio.
Es imposible sustentar los argumentos jurídicos que tengan una real relación con la persona concreta mujer y sus vivencias particulares, sin un enfoque que parta de una perspectiva de género y el análisis de los efectos de los estereotipos; de ahí la necesidad que jueces, juezas y tribunales, adopten dicha perspectiva con la finalidad de visibilizar, como anota Marta Lamas, la asignación social diferenciada de roles y tareas en virtud del sexo, género u orientación sexual; las diferencias en oportunidad y derechos que siguen a esa asignación; evidenciar las relaciones de poder originadas en esas diferencias; adoptar una mirada interseccional cuando se presentan dos o más categorías sospechosas -raza, religión, edad, etc.- que generen discriminación; analizar los impactos diferenciados de las leyes y políticas públicas basadas en estas asignaciones, diferencias y relaciones de poder, determinando en qué casos un trato diferenciado es arbitrario, y en cuáles, por ejemplo acciones afirmativas o medidas positivas, son necesarios[10].
- Partes:
- REVOCAR
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA DISIDENCIA
- a)
- arbitrariedad
- relevancia constitucional
- Fragmento 7
- II.2. El derecho a la igualdad y a la no discriminación. Titularidad de las mujeres al acceso, distribución y redistribución de tierra
- y la titularidad de las mujeres al acceso, distribución y redistribución de la tierra, sin discriminación por estado civil o unión conyugal
- Promover políticas dirigidas a eliminar todas las formas de discriminación contra las mujeres en el acceso, tenencia y herencia de la tierra
- Los Estados Partes tendrán en cuenta los problemas especiales a que hace frente la mujer rural
- Los Estados Partes adoptarán todas las medidas apropiadas para eliminar la discriminación contra la mujer en las zonas rurales a fin de asegurar en condiciones de igualdad entre hombres y mujeres
- recibir un trato igual en los planes de reforma agraria y de reasentamiento
- igualdad de derechos de las mujeres rurales a la tierra, el agua y otros recursos naturales; así como adoptar todas las medidas necesarias, incluidas medidas especiales de carácter temporal, para lograr la igualdad sustantiva de las mujeres rurales en relación con la tierra y los recursos naturales, y diseñar y aplicar una estrategia integral para acabar con las actitudes, prácticas y estereotipos discriminatorios que obstaculizan su derecho a la tierra y los recursos naturales
- e) La equidad en el derecho de acceso y tenencia de la tierra de mujeres y hombres
- II.3. Mujer y estereotipos de género en el ejercicio de los derechos fundamentales y garantías constitucionales
- contenido
- l
- II.4. Análisis del caso concreto
- denegar
- b)
- MAGISTRADA