AUTO CONSTITUCIONAL 0348/2018-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0348/2018-CA

Fecha: 07-Nov-2018

I.1.  Contenido de la solicitud

Por memorial presentado el 26 de octubre de 2018, cursante de fs. 17 a 18 vta.; las autoridades indígena originario campesinas, citadas precedentemente refieren que el 20 de septiembre del indicado año, plantearon conflicto de competencias ante el Juzgado de Instrucción Penal Primero de Puna del departamento de Potosí.

Agregan que, el CAOP soluciona sus problemas según sus normas, procedimientos propios, usos y costumbres, estando llamados a ejercer justicia indígena originario campesina. Indican también que existe un conflicto entre las comunidades de Alcatuyo y Alcatuyo Chawinchaca, pertenecientes al Jatun Ayllu Mancasaya de la Nación Killakas Urin, siendo un conflicto de tipo orgánico, primero por la separación de una comunidad que en la actualidad se encuentra consolidada y reconocida por las autoridades que forman parte de ese ayllu, y segundo por el incumplimiento de la filosofía del “muyu thaqui”, propio de las comunidades originarias, vale decir, que la población de Alcatuyo nunca quiso que ingresen como autoridades originarias otras personas que no sean de la misma comunidad, privando de ese derecho colectivo a las Comunidades de Sepulturas, Alcatuyo, Urbanización Tres Cruces, y Alcatuyo Chawinchaca, contradiciendo la rotación cíclica o el “muyu thaqui”.