Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0381/2018-CA
Fecha: 28-Nov-2018
II.4. Análisis del caso concreto
En el caso de autos, Marianella Cerball de Rowbottom, dentro del proceso penal instaurado en su contra por la presunta comisión de los delitos de “…Falsedad Material, Falsedad Ideológica, Uso de Instrumento Falsificado y Abogacía y Mandato Indebidos…” (sic), interpuso la presente acción normativa, ante el Tribunal de Sentencia Penal Décimo del departamento de La Paz, impugnando la Ley de Abrogación del Código del Sistema Penal, considerando que el artículo único de la misma sería contrario a los arts. “16.II”, 115.II, 132 y 178.I de la CPE; 8 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos; y, 14 del PIDCP.
- Jueza Técnica del Tribunal de Sentencia Penal Décimo del departamento de La Paz
- I. ANTECEDENTES DE LA ACCIÓN
- promovió
- II.2. Marco normativo constitucional y legal
- el peticionante debe efectuar una fundamentación clara y precisa, acorde a las exigencias establecidas en el Código Procesal Constitucional, en la medida que esta jurisdicción adquiera duda razonable sobre la presunta inconstitucionalidad de la norma legal impugnada
- fundamentación exigida en el art. 24.I.4 del CPCo, cuyo incumplimiento es sancionado con el rechazo de la acción, conforme estipula el art. 27.II. inc. c) del mismo Código
- es imprescindible que la autoridad judicial o administrativa exprese el razonamiento que le conduce a cuestionarlas
- II.4. Análisis del caso concreto
- DERECHOS Y GARANTÍAS LESIONADOS POR LA LEY
- se exhorta
- REVOCAR