Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0442/2018-RCA
Fecha: 13-Nov-2018
Fragmento 1
En revisión la Resolución 992/2018 de 8 de octubre, cursante de fs. 415 a 418 vta., pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Sebastiana Quispe Cornejo Vda. de Morales, Nicolás Morales Quispe y Genara Angela Calderón Layme de Morales contra Juan Carlos Berrios Albizu y Marco Ernesto Jaimes Molina, Magistrados de la Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia; Javier Percy Bravo Arroyo y Ramiro Sánchez Morales, ex; y, Jacqueline Cecilia Rada Arana, actual, todos Vocales de la Sala Civil y Comercial Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- Fragmento 3
- improcedencia
- i)
- La Acción de Amparo Constitucional
- si ha sido admitido y consentido por el interesado en un primer momento,
- formalismos, son los hechos y la actitud de la persona supuestamente agraviada la que en definitiva conducen a determinar si hubo acto consentido o no
- II.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR