AUTO CONSTITUCIONAL 0442/2018-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0442/2018-RCA

Fecha: 13-Nov-2018

i)

Refieren que: i) En la acción de amparo constitucional se fundamentó porque el Auto de Vista y el Auto Supremo violentaron sus derechos; ii) Nadie puede ser juez y parte, y la Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia desconoce las normas básicas de administración de justicia; iii) El Tribunal Supremo de Justicia al señalar que los presupuestos básicos de la función judicial están sometidos a los controles de excusa y recusación desconocen el andamiaje de la justicia; iv) Cuando una persona revisa sus propias decisiones se contradice; v) En la Norma Suprema se establece los presupuestos que hacen a la función judicial como es la imparcialidad, lo que fue desconocido por la mencionada Sala Civil del aludido Tribunal, que tenía la obligación de sanear los vicios procesales de oficio y no esperar la recusación; y, vi) No existe acto por el cual se haya consentido, pues la intervención del Vocal Relator en el Auto de Vista fue acusada en el recurso de casación.